- Padrón de Beneficiarios 2023-6to B
- Padrón de Beneficiarios 2023-5to B
- Padrón de Beneficiarios 2023-4to B
- Padrón de Beneficiarios 2023-3er B
- Padrón de Beneficiarios 2023-2do y 1er B
- Convocatoria 2023
- Tipo de Apoyo
- Reglas de Operación 2023
- Objetivo
- Población Objetivo
- ¿Cómo participar?
- Criterios de Elegibilidad
- Padrón de Beneficiarios 2022
Los apoyos que se contemplan en el Programa son:
Apoyo monetario de $1,100.00 (Mil cien pesos 00/100 M.N) mensuales entregado bimestralmente a la persona titular del apoyo, mediante tarjeta electrónica, cheque o giro postal.
En el caso de las personas beneficiarias que fueron incorporadas al Programa durante la fase piloto de 2022 y que mantengan los criterios de elegibilidad establecidos en las presentes reglas de operación, recibirán 6 apoyos bimestrales de $2,200 cada uno, mientras que las personas beneficiarias de nuevo ingreso recibirán 4 apoyos bimestrales de $2,200 cada uno a partir del mes de mayo.
- El apoyo monetario asignado a las personas beneficiarias es intransferible. Una vez entregado el apoyo monetario, la instancia ejecutora del Programa no se hace responsable del uso o extravío del mismo.
- El financiamiento del Programa, se realizará con base a los recursos autorizados en el Presupuesto de Egresos y estará sujeto a la disponibilidad financiera.
“Este programa es público y su ejecución no depende de partidos políticos, asociaciones religiosas u organizaciones de cualquier otra índole. Queda prohibido el uso de este programa para fines distintos al desarrollo social”
Objetivo General: Contribuir a fortalecer la economía en los hogares afectados por la ausencia del proveedora o proveedor del ingreso familiar, a causa de feminicidio, feminicidio en grado de tentativa, persona desaparecida o no localizada.
Objetivos Específicos:
-
Realizar una transferencia económica para el fortaleciemiento del hogar afectado.
- Visibilizar una política de cuidados para quienes atienden a dependientes de víctimas de feminicidio y feminicidio en grado de tentativa, personas desaparecidas o personas no localizadas.
- Propiciar la concurrencia de programas o servicios para atención de las necesidades de la población beneficiaria.
Se consideran susceptibles de recibir los beneficios del programa:
Persona responsable del cuidado de las niñas, niños, adolescentes o personas adultas con alguna discapacidad o enfermedad permanente que se quedaron situación de orfandad o desamparo, debido a que la persona proveedora fue víctima de feminicidio, feminicidio en grado de tentativa, persona desaparecida o no localizada.
Que no reciban beneficios de otros programas sociales coordinados por la SEDESSON.
El trámite de la solicitud de ingreso al Programa es gratuito y personal; se realizará en las Oficinas de la SEDESSON, en los casos donde se requiera se realizará el trámite en el domicilio de la persona que forma parte de la población objetivo.
Si tienes dudas puedes contactarnos vía telefónica al (662) 108 37 60, (662) 108 37 39 y WhatsApp (662) 173 18 05.
Para la integración del padrón de personas beneficiarias se tomarán en consideración las solicitudes que tengan algunas de las condiciones siguientes:
- Que la persona registrada como responsable de cuidados se encuentre desempleada o con empleo informal.
- El número de integrantes de la familia sin servicio médico.
- Que dentro de las y los integrantes se tengan personas con discapacidad.
- Número de dependientes económicos.
- Que la persona sea adulta mayor de 65 años cuando soliciten el apoyo como ascendientes de las víctimas de feminicidio, desaparición o no localización.
- Que la persona ascendiente de víctima de feminicidio, desaparición o no localización tenga discapacidad física o mental.
- Que la familia pertenezca a un grupo indígena.
En caso de que se presente documentación donde se acrediten varias familias con descendientes de una víctima, se podrá dar el apoyo de manera proporcional entre las personas que resulten beneficiarias.